← Blog · 13 de junio de 2026

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu? Plazos definitivos para autónomos y empresas

Calendario definitivo de VeriFactu tras el RDL 15/2025: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. Quién está obligado, quién no y qué hacer en 2026.

"¿Esto de VeriFactu ya es obligatorio o todavía no?" Es, con diferencia, la pregunta que más se repite entre autónomos desde 2025 — y es normal, porque el calendario ha cambiado dos veces. En este artículo tienes las fechas definitivas tras el último aplazamiento, quién está obligado y quién no, y qué conviene hacer durante 2026 para llegar tranquilo.

Si todavía no tienes claro qué es exactamente este sistema, empieza por nuestra guía completa sobre qué es VeriFactu y vuelve aquí para los plazos.

Las fechas definitivas (tras el RDL 15/2025)

QuiénFecha de obligación
Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027
Autónomos y resto de obligados (IRPF y otros)1 de julio de 2027

Estas fechas son las vigentes tras el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, que aplazó por segunda vez la entrada en vigor del reglamento.

Por qué el calendario ha cambiado dos veces

Para entender por qué hay tanta confusión, ayuda ver la secuencia completa:

  1. Real Decreto 1007/2023 (diciembre de 2023): aprueba el Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF, lo que todos llamamos "VeriFactu") y fija la obligación para el 1 de julio de 2025.
  2. Orden HAC/1177/2024 (octubre de 2024): publica la especificación técnica — formato de los registros, cálculo de la huella, contenido del código QR y servicios web de la AEAT.
  3. Real Decreto 254/2025 (abril de 2025): primer aplazamiento. Mueve la obligación al 1 de enero de 2026 para sociedades y al 1 de julio de 2026 para el resto.
  4. Real Decreto-ley 15/2025 (diciembre de 2025): segundo aplazamiento, el definitivo a día de hoy. 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos.

La consecuencia práctica: 2026 es un año de transición. El sistema de la AEAT funciona, los fabricantes de software están adaptando sus productos, y los autónomos pueden adelantarse de forma voluntaria — pero no usar un software adaptado todavía no es sancionable.

A quién obliga VeriFactu (y a quién no)

El reglamento se aplica, con carácter general, a todos los empresarios y profesionales que emiten facturas en España con software informático: autónomos, sociedades, comunidades de bienes y entidades en atribución de rentas.

Quedan fuera del ámbito de VeriFactu:

  • Quienes ya están en el SII (Suministro Inmediato de Información): grandes empresas, grupos de IVA e inscritos en REDEME. Ya remiten sus registros de facturación a la AEAT por otra vía.
  • Territorios forales: País Vasco tiene TicketBAI y Navarra su propio sistema. Si tributas allí, tu referencia es la hacienda foral, no este calendario.
  • Determinadas operaciones específicas exceptuadas reglamentariamente (por ejemplo, ciertos regímenes con documentación especial).

Un matiz importante: VeriFactu obliga a quien factura con software. Pero no es una vía de escape volver al papel: las facturas manuales siguen siendo legales solo en supuestos muy limitados y, en la práctica, gestionar tu actividad sin software en 2027 es ponerte la zancadilla a ti mismo.

Qué significa la fecha límite exactamente

A partir de tu fecha de obligación (1 de julio de 2027 si eres autónomo), todas las facturas que emitas deben generarse con un sistema informático que cumpla el reglamento:

  • Genera un registro de facturación por cada factura, con huella digital (hash SHA-256) encadenada a la factura anterior.
  • Estampa un código QR de verificación en cada factura.
  • Garantiza integridad e inalterabilidad: nada de borrar o editar facturas emitidas; los errores se corrigen con facturas rectificativas.
  • O bien remite los registros a la AEAT en el momento de emitir (modalidad VERI*FACTU), o bien los conserva firmados electrónicamente con un registro de eventos (modalidad no VERI*FACTU).

Las facturas emitidas antes de tu fecha de obligación no necesitan adaptarse retroactivamente.

Incumplir a partir de esa fecha tiene consecuencias serias: el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria prevé multas de hasta 50.000 € por ejercicio. Les dedicamos un artículo completo: multa por no usar VeriFactu.

Qué hacer en 2026: el plan recomendado

Que la obligación llegue en 2027 no significa que lo inteligente sea esperar a junio de 2027. Nuestro consejo, por orden:

  1. Elige ya tu software de facturación. En 2026 puedes comparar con calma; en junio de 2027 habrá avalancha, soporte saturado y prisas. Tienes una comparativa honesta de programas VeriFactu para empezar.
  2. Empieza a facturar con él cuanto antes. Así tu numeración, tus clientes y tu historial ya estarán dentro del sistema cuando la obligación llegue. El cambio de herramienta a mitad de ejercicio es el momento más delicado.
  3. Deja de usar Excel y Word para facturas nuevas. No cumplen ni podrán cumplir el reglamento, y cada mes que pasa acumulas facturas que tendrás que migrar.
  4. Habla con tu gestor. Pregúntale qué formato de exportación prefiere; un buen software te dará las facturas del trimestre en CSV y PDF con un clic.

Si quieres ver lo simple que puede ser el proceso, tenemos un tutorial paso a paso para hacer una factura VeriFactu.

¿Y los fabricantes de software? Otra fecha que te afecta de rebote

El calendario anterior es el de los usuarios del software. Los fabricantes y comercializadores tienen sus propios plazos de adaptación: los programas que se vendan deben ser conformes al reglamento dentro de los plazos que marca la normativa de desarrollo, y el incumplimiento les expone a sanciones de hasta 150.000 € por ejercicio.

¿Por qué te importa esto como autónomo? Porque durante 2026 verás a todo el mercado moverse: actualizaciones, anuncios de conformidad y, también, productos que desaparecen porque a sus desarrolladores no les compensa adaptarse. Si tu herramienta actual no ha comunicado ningún plan VeriFactu a estas alturas, es una señal para empezar a buscar alternativa — con calma ahora, no con prisa en 2027.

Cómo lo hacemos en Faktoo

En Faktoo cada factura genera ya su huella SHA-256 encadenada y su código QR conforme a la especificación oficial de la Orden HAC/1177/2024, y el PDF sale listo para tu cliente. El envío automático de registros a la AEAT estará activado antes del 1 de julio de 2027, sin coste adicional sobre los €8/mes. Sin contabilidad, sin módulos que no necesitas: solo facturas.

Preguntas frecuentes

¿Las fechas de 2027 son definitivas o pueden volver a moverse?

Son las vigentes hoy, fijadas por el RDL 15/2025. Un tercer aplazamiento es legalmente posible pero cada vez menos probable: la AEAT tiene el sistema en producción, la app gratuita publicada y a los fabricantes adaptándose. Planifica con 2027 como fecha firme.

Soy autónomo societario, ¿qué fecha me aplica?

Depende de quién emite la factura. Si factura tu sociedad (SL), la fecha es el 1 de enero de 2027. Si facturas como persona física, el 1 de julio de 2027. Muchos autónomos societarios emiten por ambas vías: revisa cada caso.

¿Qué pasa si me doy de alta como autónomo después de julio de 2027?

La obligación te aplica desde tu primera factura. Empezarás directamente con un software adaptado, lo que en realidad simplifica las cosas: no tendrás nada que migrar.

¿La obligación afecta a las facturas a particulares o solo entre empresas?

A todas las facturas que emitas, también las dirigidas a particulares y las facturas simplificadas (tickets). No hay que confundir VeriFactu con la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece, que es otra obligación distinta y solo afecta a operaciones entre empresarios.